Daniel Ortega oficializó la vigilancia a medios de comunicación en Nicaragua

La Asamblea Nacional de Nicaragua controlada por Daniel Ortega, aprobó este jueves artículos de una reforma a la Constitución Política, que establecen que el Estado vigilará que los medios de comunicación no divulguen noticias falsas que atenten contra los derechos de la ciudadanía, lo que muchos periodistas consideran un ataque a la libertad de prensa.

La enmienda constitucional, aprobada de manera unánime en segunda y definitiva votación, faculta además al Estado de Nicaragua a vigilar que los medios de comunicación no estén sometidos a intereses extranjeros.

«El Estado vigilará que los medios de comunicación social no sean sometidos a intereses extranjeros ni divulguen noticias falsas que atenten contra los derechos del pueblo. La ley regulará esta materia», señala el artículo de la Carta Magna.

La norma de la materia es la Ley Especial de Ciberdelitos, reformada por el Parlamento en septiembre pasado, que castiga con cárcel la propagación de noticias falsas y/o tergiversadas que produzcan alarma, temor o zozobra en la población, y que ahora también es aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional por personas naturales o jurídicas.

Esa ley, que desató una polémica en Nicaragua, donde el gremio periodístico independiente, en su mayoría ahora en el exilio, considera que amenaza la libertad de prensa, «criminaliza» al periodismo de investigación y da luz verde para espiar comunicaciones privadas.

Esa ley amplió de 10 a 15 años de cárcel a los ciudadanos que se les imputen los ciberdelitos que vayan contra la «seguridad del Estado».

Definición de noticias falsas será discrecional, según gremio

Esa norma, compuesta por 48 artículos, contiene 25 definiciones; sin embargo, según han advertido sus críticos que la han bautizado como «Ley Mordaza» o «Ley Bozal», no define dos conceptos claves para su aplicación: información falsa (fake news) e información tergiversada.

Es decir, es el sistema judicial, controlado por magistrados y jueces afines al sandinismo, los que tienen la discrecionalidad de decidir qué es o no una información falsa o si la información produce alarma, temor o zozobra, según ha alertado la asociación Periodistas y Comunicadores Independientes de Nicaragua (PCIN).

La Fundación por la Libertad de Expresión y Democracia (FLED), que forma parte de la red regional Voces del Sur, ha advertido, por su lado, que esa ley tendrá un impacto «devastador» para los periodistas que ejercen la profesión dentro o fuera del país, incluso para la ciudadanía en general.

La reforma constitucional también establece que los nicaragüenses tendrán derecho a la información veraz, y que ese derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir ideas e información por cualquier medio, sin atentar contra los principios fundamentales contemplados en la Constitución.

En otro de sus artículos dice: «El derecho de informar es responsabilidad social y se ejerce con estricto respeto а los principios fundamentales establecidos en la Constitución».

Los legisladores, que reformarán 148 de los 198 artículos de la Carta Magna y derogarán otros 37, incluido el que se prohibía la práctica de la tortura y el recurso de Habeas Corpus, aprobaron este jueves el Título IV sobre derechos, deberes y garantías del pueblo nicaragüense.

La reforma constitucional, que ha sido duramente criticada por la ONU, la Organización de Estados Americanos (OEA), Estados Unidos y opositores nicaragüenses, amplía de 5 a 6 años el período presidencial, establece la figura de «copresidenta», que el Ejecutivo «coordinará» los demás «órganos» del Estado que dejan de llamarse poderes, legaliza la apatridia, y crea la Policía Voluntaria, acusada de ser una fuerza paramilitar.

El titular del Parlamento, el sandinista Gustavo Porras, ha explicado que esa reforma parcial a la Constitución será discutida «artículo por artículo» y prevén tenerla lista para el 30 de enero.

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