Nicaragua puso en vigor este lunes una nueva Ley Electoral que incorpora los cambios establecidos en la Constitución Política como la creación de la figura de copresidentes, la ampliación de cinco a seis años el periodo de Gobierno, y que el Consejo Supremo Electoral es una entidad subordinada a la Presidencia.
La nueva Ley Electoral, que deroga la anterior que estaba en vigencia desde el 2000, propuesta por el copresidente del país, Daniel Ortega, y su esposa y copresidenta, Rosario Murillo, y aprobada con carácter urgente por el Parlamento, que es controlado por los sandinistas y sus aliados, entró en vigencia tras ser publicada en el Diario Oficial, La Gaceta.
La nueva norma electoral incorpora la reducción del número de magistrados electorales, aumenta el número de diputados, establece la posibilidad de cancelar partidos políticos a partir de una denuncia ciudadana, y elimina la segunda vuelta en un proceso electoral que ahora ganará quien obtenga más votos válidos.
Entre los cambios más destacados está la incorporación de la figura de los copresidentes, que ostentan por designación constitucional Ortega y Murillo, y amplía el periodo de Gobierno de cinco a seis años.
Además está la reducción de magistrados que integran el Consejo Supremo Electoral. Actualmente son siete magistrados propietarios (titulares) y tres suplentes. Ahora habrá seis jueces electorales; tres propietarios y tres suplentes.
También se reduce de 30 a 25 años la edad mínima para ser magistrado y se aumenta de cuatro a seis años el tiempo mínimo de residencia continuada en el país requerida para optar a ese cargo.
Otro de los cambios establecidos es el aumento de escaños en la Asamblea Legislativa, al pasar de 91 a 94 diputados propietarios.
A partir de las próximas elecciones generales previstas para el 2027, el Parlamento podrá ser integrado por hasta 94 diputados, 70 de ellos electos por circunscripción departamental, 20 nacionales, los dos copresidentes de la legislatura anterior, y los dos candidatos a copresidentes que hayan quedado en segundo lugar.
Asimismo, establece que “el Ministerio Público, los órganos de fiscalización y control otros partidos políticos o la ciudadanía, podrán solicitar al Consejo Supremo Electoral, la cancelación de la personería jurídica de los partidos políticos que violenten la Constitución Política y las leyes. Sobre esto el Consejo Supremo Electoral también tiene la facultad de proceder de oficio”.
A mediados de febrero de 2025, Nicaragua puso en vigor una reforma profunda a la Constitución Política que transforma el Estado, elimina el balance de poderes, y otorga un poder total a Ortega y Murillo.
La reforma constitucional, que ha sido duramente criticada por la ONU, la Organización de Estados Americanos (OEA), Estados Unidos, el Parlamento Europeo y opositores nicaragüenses, amplía de cinco a seis años el período presidencial, establece la figura de «copresidenta», que el Ejecutivo «coordine» los demás «órganos» del Estado, que dejan de llamarse poderes, y legaliza la apatridia.
Además, crean las «fuerzas militares de reserva patriótica» y la «policía voluntaria» que, según los opositores, se tratarían de fuerzas parapoliciales y paramilitares.