La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado de Nicaragua responsable internacionalmente por no garantizar una investigación adecuada y con perspectiva de género sobre la muerte de Dina Carrión González, ocurrida en abril de 2010.
Además, se determinó que hubo irregularidades en la protección de su hijo y de los familiares que han impulsado la búsqueda de justicia, según el comunicado emitido por la Corte IDH.
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ToggleContexto del caso de Dina Carrión
Dina Carrión estaba casada con Juan Carlos Siles, con quien tuvo una relación marcada por la violencia. Aunque había iniciado trámites de divorcio continuaba compartiendo el domicilio con su expareja.
La noche del 3 de abril de 2010, fue encontrada muerta con un disparo en el pecho en el patio de su casa. La investigación oficial, según la Corte, estuvo plagada de “irregularidades en la recolección y valoración de la prueba, en la determinación de líneas de investigación y en la conducción del proceso judicial con garantías de imparcialidad”.

La hermana de Dina, Aída Mercedes Carrión, declaró ante la Corte IDH que “ella tenía un plan de vida. Mi hermana nunca quiso suicidarse, como la policía lo afirmó”. Además, destacó que la víctima temía perder la custodia de su hijo, lo que la mantenía atada a su agresor.
La madre de Dina también testificó, asegurando que “hice todo lo posible para mantenerla a salvo” y exigiendo justicia y exigiendo justicia. “Queremos que se sepa la verdad y que los responsables paguen por lo que hicieron a mi hija”.
Peritos independientes revelaron fallos graves en la investigación. Una experta en feminicidios afirmó que “había elementos en la escena que podían alertar a las autoridades sobre un posible feminicidio” y que “las condiciones en que murió la víctima, en su casa, con su pareja presente y un arma de fuego de por medio, obligaba a iniciar una investigación por homicidio”.
También destacó que los peritajes estuvieron marcados por estereotipos de género. “Es esencial controlar que los peritajes no estén teñidos de sesgos, como suposiciones basadas en la salud mental de la víctima”.
La fiscalía de Nicaragua cerró la investigación dos meses después, concluyendo que la muerte de Dina Carrión fue un suicidio. Sin embargo, la familia y abogados han denunciado que esta decisión ignoró evidencias de violencia doméstica y pruebas presentadas por peritos independientes. “La investigación no se realizó con la debida diligencia ni con perspectiva de género” afirmó un abogado de la familia.
Un experto en balística también determino que “era imposible que el arma encontrada en la escena del crimen fuera la misma que uso en el supuesto suicidio”, sugiriendo una manipulación posterior.
Responsabilización al Estado según Corte IDH
Además de la falta de investigación adecuada, la Corte IDH responsabilizó al Estado por no haber garantizado el vínculo entre hijo de la víctima y su familia materna, lo que ha impactado emocionalmente a los afectados.

La Corte ordenó al Estado de Nicaragua adoptar medidas de reparación, entre ellas, reabrir la investigación, crear programas de capacitación en violencia de género para operadores de justicia y establecer un observatorio de violencia de género.
También exigió reformas legales garantizar que los casos de feminicidios sean investigados con debida diligencia y recordó que los procedimientos administrativos y judiciales que involucran la protección de los derechos de la niñez, deben tramitarse con diligencia y celeridad excepcional, para evitar que situaciones de incertidumbre se prolonguen, y recordó que, en este tipo de procesos, el paso del tiempo puede convertirse en un elemento definitorio de los vínculos afectivos y de las relaciones familiares, así como en el fundamento principal para no adoptar decisiones que impliquen cambios para la situación del niño o la niña.
“La impunidad no puede ser la respuesta. Necesitamos acciones concretas y una colaboración plena por parte del Estado” declaró en su momento representante de la CIDH.