Pasa en primera legislatura la reforma a constitución que transforma el Estado de Nicaragua

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó este viernes por unanimidad y en primera legislatura enmiendas a la Constitución Política, la que refunda el Estado al denominarlo “revolucionario” y otorga un poder total al presidente del país, Daniel Ortega, y a su esposa y vicepresidenta, Rosario Murillo, sobre los demás poderes del Estado.

Los legisladores, que aprobaron esas enmiendas en primera votación de forma expedita, reformaron 135 artículos de la Carta Magna de Nicaragua y derogaron otros 38, incluido uno en el que se prohibía la práctica de la tortura.

Estado de Nicaragua
Fotografía de archivo del 24 de abril de 2024 del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega. EFE/ Miguel Gutiérrez

La reforma constitucional, que debe ser aprobada en dos legislaturas para que entre en vigor, y que ha sido duramente criticada por opositores nicaragüenses, Estados Unidos y la OEA, amplía de 5 a 6 años el periodo presidencial, establece la figura de “copresidenta”, que el Ejecutivo “coordinará” los demás poderes del Estado, legaliza la apatridia, y crea la Policía Voluntaria, acusada de ser una fuerza paramilitar.

El presidente de la Asamblea Nacional, el sandinista Gustavo Porras, dijo ante el pleno, en Managua, que esa reforma parcial a la Constitución será aprobada en segunda legislatura en enero de 2025.

Según los opositores, esas reformas son totales, no parciales, y las mismas fueron hechas a la medida para que Ortega y Murillo asuman el control total de todos los poderes del Estado, garanticen la sucesión dinástica, legalicen la instauración de un modelo de partido único y familiar como en Cuba, concentren todo el poder, y “constitucionalicen el Estado totalitario”.

Presidencia con suprapoderes

La enmienda establece que Nicaragua es un Estado “revolucionario”, libre, soberano, independiente, que reconoce a la persona, la familia y la comunidad como protagonistas de la “democracia directa”, que el poder revolucionario lo ejerce el pueblo de forma directa, y el pueblo ejerce el poder del Estado a través de la Presidencia de la República que dirige al Gobierno y coordina a los órganos legislativo, judicial, electoral, fiscalía de cuentas y los entes autónomos.

La reforma establece en el Capítulo II, artículo 132, que la Presidencia de la República dirige al Gobierno y como Jefatura de Estado coordinará a los órganos legislativo, judicial, electoral, de control y regionales y municipales.

También, que la Presidencia es la Jefatura Suprema del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior.

Además, que la Presidencia estará integrada por un copresidente y una copresidenta, que ejercerán sus funciones por un periodo de seis años, y podrán nombrar vicepresidentes sin ser elegidos por el voto popular.

También, incluye como símbolo patrio la bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), partido en el Gobierno desde 2007.

Policía Voluntaria y vigilancia a medios

Asimismo, crea la Policía Voluntaria como un cuerpo auxiliar y de apoyo a la Policía Nacional que, según opositores y organismos humanitarios, son “fuerzas parapoliciales y paramilitares” que actuaron con la aquiescencia del Estado en la denominada ‘Operación Limpieza’ con la que el Gobierno neutralizó las manifestaciones que estallaron en 2018.

La Presidencia podrá además ordenar la intervención del Ejército de Nicaragua en apoyo a la Policía Nacional, cuando la estabilidad de la República lo requiera.

El Estado de Nicaragua también vigilará que los medios de comunicación social no sean “sometidos” а intereses extranjeros ni divulguen noticias falsas que atenten contra los derechos de los nicaragüenses.

Asimismo, se establece que “el Estado es laico y asegura la libertad de culto, fe y prácticas religiosas en estricta separación entre el Estado y las iglesias”. Sin embargo, advierte que “al amparo de la religión, ninguna persona u organización puede realizar actividades que atenten contra el orden público”, y que “las organizaciones religiosas deben mantenerse libres de todo control extranjero”.

Por otro lado, la reforma ordena al sistema financiero nacional desconocer las sanciones internacionales, bajo el argumento que “ninguna medida violatoria del derecho internacional” tomada por Estados, grupos de Estados o gobiernos extranjeros en contra de instituciones, funcionarios y/o personas nicaragüenses tendrá validez en el país.

La Organización de los Estados Americanos (OEA) acusó al Ortega, al que tildó de “dictador”, de intentar incrementar su control en Nicaragua y perpetuarse en el poder con esa reforma constitucional.

En tanto, Estados Unidos acusó a Ortega de maniobrar para consolidar su poder a través de esa reforma constitucional, la número 12 desde su llegada al poder en 2007.

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