Este lunes 29 de julio del 2024, respondiendo a la consulta presentada por el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE) la sala constitucional de Costa Rica, declaró que la propuesta contiene vicios de inconstitucionalidad, dejando a la deriva propuesta de referéndum del presidente Rodrigo Chaves.
Está consulta fue planteada por el TSE, el 26 de junio en ella se alegaba que “a la luz de los presentes constitucionales, la propuesta pudiera tener vicios”, haciendo a la propuesta presentada el pasado 5 de junio del presente año, misma que buscaba encaminar a un referéndum, desde la vía popular.
Fernando Castillo Víquez, presidente de la sala IV, explicó este lunes que los artículos de la ley jaguar “le quitan herramientas importantes para ejercer sus funciones constitucionales” a la Contraloría General de la República (CGR). Órgano cuyos deberes y funciones se encuentran establecidos en la constitución política del país.
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ToggleArtículos inconstitucionales en proyecto de ley en Costa Rica
Según las conclusiones de la sala de lo constitucional, el artículo 2 del proyecto de ley donde se establece, la reforma del párrafo primero del artículo 11 de la ley organica de la contraloría, Es completamente inconstitucional, ya que le quita la potestad a la contraloría de asegurar el manejo eficiente de los fondos públicos y supervisar la legalidad de los controles internos de los entes bajo su jurisdicción.
Así mismo se establece que el artículo 3 del proyecto de ley, el cual habla sobre la modificación del artículo 12 de la ley orgánica de la CGR, se declara inconstitucional. Ya que habría quitado el carácter obligatorio de cualquier acción que pueda tomar la contraloría.
Estipulando en la modificación del gobierno que la CGR “no podrá sustituir, abarcar, interferir, ordenar, interpretar, advertir, recordar, ni recomendar asuntos que corresponden exclusivamente a las competencias propias de la administración pública activa en toda su extensión, ni sustituir las competencias de administración pública activa en sus modalidades de función decisora, ejecutiva, resolutora, directiva u operativa, ni podrá evaluar previamente la gestión administrativa de la administración pública activa.”
El artículo 4, cuyo objetivo es modificar el artículo 17 de la ley de la contraloría, fue declarado inconstitucional de manera unánime, por que habría eliminado las potestades de la CGR. Quitando su derecho de girar prevenciones, instrucciones y órdenes precedentes.
El artículo 5 también fue declarado inconstitucional en su totalidad. Este pretende añadir un párrafo al artículo 22 de la ley de la contraloría, para especificar que : “En ningún caso el ejercicio de esta potestad suspenderá la ejecución de actos y contratos del Estado o sus instituciones, suspensión que solamente podrá efectuarse mediante la respectiva orden judicial de acuerdo con el ordenamiento jurídico aplicable al caso.» Quitando, básicamente, toda habilidad de la contraloría para detener contrataciones que no estén alineadas con la ley.
Algunos puntos importantes para recordar sobre este proceso de la búsqueda de un referéndum por parte del gobierno son
- El mismo gobierno admitió estar al tanto de que está conclusión de la sala era una posibilidad grande por la jurisprudencia, de ahí nace el famoso “el tema es intentarlo” de la antigua Ministra de la Presidencia, Natalia Díaz.
- La Contralora General de la República Marta Acosta, ya había declarado que el proyecto de ley desmantelaría las competencias y funciones de la Contraloría General de la República (CGR).
Otras vías de la propuestas
La misma ley del referéndum o ley Jaguar planteada por el gobierno de Chaves, también fue presentada ante la Asamblea Legislativa, que ha buscado los botos suficientes de al menos 38 diputaciones, pero que ha encontrado con una férrea oposición incluso de aliados del oficialismo en el segundo poder del Estado.